PREVISIONAL
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20 de abril de 2009
El blanqueo de menos de 10 personas no genera costo en cuanto a los aportes al S.I.J.P., ¿pero en cuanto a la obra social, sindicato y en caso de empleados de comercio FAECYS también queda liberado o hay que pagar?
La registración de hasta 10 trabajadores, de conformidad con la Ley Nº 26.476, no tiene costo, se condonan todas las deudas, incluido el sindicato.
Libro recomendado:
[Administración y Liquidación de Sueldos y Jornales (8º Edición)->http://datos.aplicacion.com.ar/ecommerce2/vidriera.asp?lib=987-1099-95-5] >
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17 de abril de 2009
¿Qué períodos de autónomos están prescriptos?
De acuerdo al artículo 16 de la Ley Nº 14.236 la prescripción de autónomos es de diez (10) años.
Libro recomendado:
[Trabajadores autónomos (Autora: Marcela Medrano)->http://datos.aplicacion.com.ar/ecommerce2/vidriera.asp?lib=9871487295] >
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17 de abril de 2009
,por Medrano, Marcela
A modo enunciativo y en forma resumida comentaremos la [Resolución General 2590->http://www.dentrode.com.ar/engine/spip.php?article29722], publicada en el Boletín Oficial el jueves 16 de abril de 2009, que aprueba y establece a partir del día 17 de abril la obligatoriedad del uso del programa aplicativo denominado “Sistema de
Calculo de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS”.
En armonía con lo establecido en la [Resolución General 2558->http://www.dentrode.com.ar/engine/spip.php?article29859], se tienen que rectificar desde enero las declaraciones juradas realizadas... >
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15 de abril de 2009
¿Cuáles son los importes de las nuevas categorías de autónomos de contribución y de aporte, a fin de poder calcular los intereses resarcitorios por pago fuera de término?
Los aportes y contribuciones de las nuevas categorías de autónomos son los siguientes:
- Categoría I: Aporte (cod 308) $ 49,14, Contribución (cod 358) $ 93,82.
- Categoría II: Aporte (cod 308) $ 68.80, Contribucion (cod 358) $ 131,35
- Categoría III: Aporte (cod 308) $ 98,29, Contribución (cod 358) $ 187,64.
- Categoría IV: Aporte (cod 308) $ 157,26 Contribución (cod 358) $ 300,22.
- Categoría... >
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14 de abril de 2009
Al intentar presentar las declaraciones juradas F. 931 rectificativas del mes de enero y febrero de 2009 con la versión 32 del SICOSS, a los socios gerentes no permite poner como código de obra social “sin obra social”, ¿hay que colocar algún código en especial?
Los socios gerentes o directores se informar con código de actividad 15, código de contratación 99 y obra social ninguna.
Libro recomendado:
[
Administración y Liquidación de Sueldos y Jornales (8º Edición)->http://datos.aplicacion.com.ar/ecommerce2/vidriera.asp?lib=987-1099-95-5] >
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8 de abril de 2009
¿Desde qué período se deben rectificar los F. 931 con la versión 32 del SIJP?
De conformidad con lo establecido por la Resolución General Nº 2558, con la versión 32 del programa aplicativo “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS”.deben rectificarse las declaraciones juradas desde enero de 2009 en adelante.
Libro recomendado:
[Administración y Liquidación de Sueldos y Jornales->http://datos.aplicacion.com.ar/ecommerce2/vidriera.asp?lib=987-1099-95-5] >
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7 de abril de 2009
Teniendo en cuenta el incremento de las categorías de autónomos, con vigencia a partir del devengado marzo de 2009, y que muchos bancos aún no tienen habilitado el sistema para el cobro de los nuevos importes, ¿cómo se procede para abonar el incremento?
De conformidad con lo establecido por la Resolución General Nº 2585, cuando las entidades bancarias no tengan habilitado el sistema para el cobro de los nuevos importes de las categorías de autónomos, se deberá cancelar primero su valor anterior y luego la diferencia entre ellos. Para abonar la diferencia se deberá indicar... >
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6 de abril de 2009
Una sociedad con 27 empleados, presenta el SUSS por internet por medio de “Su Declaración”, o debe realizarlo a través del aplicativo SICOSS?
Dado que la sociedad tiene más de 10 empleados, la generación del F. 931 se hace por medio del programa aplicativo vigente.
Libro recomendado:
[Administración y Liquidación de Sueldos y Jornales->http://datos.aplicacion.com.ar/ecommerce2/vidriera.asp?lib=987-1099-95-5] >
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6 de abril de 2009
,por Medrano, Marcela
A partir del día viernes 03 de abril de 2009, tenemos disponible en la pagina de la Administración de Ingresos Públicos la V.32 del aplicativo para la liquidación de cargas sociales, de igual manera se actualizo la versión de Su Declaración Online, para realizar el Formulario 931 por las remuneraciones devengadas en marzo 2009, cuyo vencimiento comienza a operar el día 07 de Abril de 2009.
Novedades relevantes respecto de la versión anterior (SIJP 30)
Contrato a tiempo parcial
En la modalidad de contratación “1 A tiempo parcial: indeterminado / permanente”,... >
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3 de abril de 2009
Para un socio gerente de una S.R.L. que está encuadrado en el régimen de trabajadores autónomos en la Tabla I, Categoría III y pagaba $ 256 por mes de aportes como trabajador autónomo, ¿cuál es el valor nuevo que tiene que abonar y a partir de cuándo?
A partir del devengado marzo de 2009 se incrementaron los aportes mensuales de los trabajadores autónomos, o sea que el pago que se realice a partir del 03/04/2009 se harán con los nuevos valores, abonando $ 285,93. Cabe aclarar que hasta el momento no fue publicada la norma que disponga dicho incremento.
Libro... >
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Asociados. Aspectos de la Seguridad Social
1 de abril de 2009
,por Lavalle, Silvina
1. INTRODUCCIÓN
El tema que trataremos en esta oportunidad es el de las cooperativas de trabajo y en especial ciertas normas que hacen referencia a la seguridad social de quienes constituyen sus asociados. Para ello sea hace importante comenzar por definir lo que constituye una cooperativa.
2. NORMATIVA APLICABLE
La Alianza Cooperativa Internacional considera cooperativa, cualquiera sea su constitución legal, a toda asociación de personas que tiene por fin el mejoramiento económico y social de sus miembros, por la explotación de una empresa, sobre la base de la ayuda... >
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1 de abril de 2009
,por Medrano, Marcela
1. OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
La Resolución General Nº 2559 (B.O. del 26/02/2009) establece que cuando se efectúe el pago, de manera simultánea, de dos o más obligaciones mediante transferencia electrónica de fondos (Resolución General Nº 1778), se deberá utilizar el volante electrónico de pago (V.E.P.) consolidado. Este volante agrupará en un solo instrumento a los volantes electrónicos de pago confeccionados para cada obligación, los cuales se denominaran en adelante sub V.E.P..
2. TRABAJADORES AUTÓNOMOS
De conformidad... >
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30 de marzo de 2009
,por Desiderio, Roberto Pablo
Dentro de los numerosos beneficios que otorga la [Ley 26.476->http://www.dentrode.com.ar/engine/spip.php?article30023&var_recherche=26.476] para la regularización de impuestos y recursos de la seguridad social, dentro del Título I, podemos encontrar uno en relación al título de referencia que otorga un importante salvavidas a aquellos contribuyentes que se encuentran enfrentando un juicio de ejecución fiscal por los conceptos incluidos en la Ley donde han sufrido el embargo de depósitos en entidades financieras.
A tal respecto, la Ley en su artículo 2º incluye “…aquellas... >
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27 de marzo de 2009
Un monotributista que se da de alta como empleador por internet ¿debe además presentar el F. 460/F en la dependencia de la A.F.I.P. que le corresponde o es suficiente el alta internet?
El contribuyente debe tramitar el alta como empleador vía internet a través del “Padrón Único de Contribuyentes”, no siendo necesario concurrir a la agencia.
Libro recomendado:
[Administración y Liquidación de Sueldos y Jornales (8º Edición)->http://datos.aplicacion.com.ar/ecommerce2/vidriera.asp?lib=987-1099-95-5] >
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23 de marzo de 2009
¿Cuáles son los topes de aportes para jubilación, obras sociales y A.R.T. a partir de marzo de 2009?
La Resolución Nº 135/2009 establece que el mínimo para aportar es de $ 268,06 y el tope máximo de aportes jubilatorios es de $ 8.711,82.
Libro recomendado:
[Administración y Liquidación de Sueldos y Jornales->http://datos.aplicacion.com.ar/ecommerce2/vidriera.asp?lib=987-1099-95-5] >
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20 de marzo de 2009
¿Cómo se carga en el F. 931 la remuneración para obra social, si un empleado trabaja y se le liquida el sueldo por 4 horas?
La Ley Nº 26.474 establece que los aportes y contribuciones para la obra social serán los que correspondan a un trabajador de tiempo completo de la categoría en que se desempeña el trabajador.
Libro recomendado:
[Administración y Liquidación de Sueldos y Jornales->http://datos.aplicacion.com.ar/ecommerce2/vidriera.asp?lib=987-1099-95-5] >
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16 de marzo de 2009
Si un contribuyente abonó dos veces el período 06/2008 (F. 931), ¿cómo se puede imputar el pago hecho demás al período 01/2009 que no abonó aún?
Deberá reimputar dicho pago a través del F. 399; una vez completado deberá presentarlo en la agencia donde se encuentra inscripto el contribuyente.
Libro recomendado:
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13 de marzo de 2009
Un contribuyente va a blanquear gente que tiene trabajando desde 04/2008. Dará el alta temprana con código 211, pero, ¿qué corresponde colocar como fecha de ingreso? ¿Debe poner la fecha real, es decir abril 2008? Con posterioridad al alta con fecha 2008, ¿hay que presentar alguna declaración jurada de los períodos pasados?
Si son hasta 10 trabajadores el código de alta es el 211 para darle el alta temprana con la fecha real de ingreso.
Asimismo, se deberán presentar desde abril de 2008 todos los F. 931, incluyendo también a los trabajadores registrados. >
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10 de marzo de 2009
Un contribuyente que desde septiembre de 2008 no tiene empleados y decide incorporar uno desde marzo de 2009, ¿puede beneficiarse con la reducción de contribuciones patronales de la Ley Nº 26.476? ¿Cuál es el código de alta a informar en “miSimplificación a los efectos de gozar de dicho beneficio?
El empleador puede hacer uso del beneficio previsto en la Ley Nº 26.476. A tal efecto, el alta del nuevo empleado la debe informar con el código 201. La reducción es del 50% de las contribuciones patronales (sin obra social) y por cada trabajador ingresado con el código 201.... >
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6 de marzo de 2009
Si un empleador que tenía 1 empleado desde hace 14 años el cual renuncia el 28/02/2009 y decide tomar un nuevo empleado, ¿podría ingresarlo con alguna reducción en las contribuciones patronales?
El empleador no gozará del beneficio de reducción de las contribuciones patronales ya que la nómina a noviembre de 2008 tenía base 1 y sigue con base 1. Dicha incorporación no representa un incremento en la nómina.
Libro recomendado:
[Administración y Liquidación de Sueldos y Jornales->http://datos.aplicacion.com.ar/ecommerce2/vidriera.asp?lib=987-1099-95-5] >
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5 de marzo de 2009
¿Cuáles son los importes de aportes y contribuciones por obra social a partir de diciembre de 2008 que se debe abonar por una empleada doméstica?
El valor a abonar el concepto de obra social es de $ 46,75.
Libro recomendado:
[Empleados del Servicio Doméstico (Autora: Marcela Medrano)->http://datos.aplicacion.com.ar/ecommerce2/vidriera.asp?lib=9871487035] >
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3 de marzo de 2009
¿Cuál es el código de actividad para dar de alta a un empleado que es contratado bajo la modalidad a plazo fijo, en el aplicativo SICOSS?
Si el contrato es a tiempo determinado –tiempo parcial– el código es 21. Si a plazo fijo es por tiempo completo el código es 22.
Libro recomendado:
[Administración y Liquidación de Sueldos y Jornales->http://datos.aplicacion.com.ar/ecommerce2/vidriera.asp?lib=987-1099-95-5] >
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1 de marzo de 2009
,por Medrano, Marcela
1. OBLIGACIONES IMPOSITIVAS, DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y ADUANERAS
Mediante la Resolución General Nº 2543 (B.O. del 09/02/2009) se consideran canceladas en término hasta el día 12 de febrero de 2009, las cuotas de los planes de facilidades de pago vigentes en caso que no hubieran podido ser procesados dichos débitos el día de vencimiento operado el 16 de octubre de 2008, ni efectivizado el día 26 de octubre de 2008 por el Banco Hipotecario S.A., el Banco Santander Río S.A. y el Banco Provincia de Neuquén.
2. SEGURIDAD SOCIAL
Se dispone a través de la... >
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1 de marzo de 2009
,por Malvestiti, Daniel
Arrancó el blanqueo, la moratoria, la regularización, el domicilio electrónico en la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (A.R.B.A.), la firma digital, y se avecinan cambios en el Monotributo, por si fuera poco.
El uso de siglas en materia tributaria aparece a la orden del día y ya están entre nosotros el {“token”} pero, eso sí, no se lo tomen literalmente ya que alguien podría ofenderse e iniciar una demanda, quizás, por acoso tributario.
Pasemos a sintetizar algunas situaciones novedosas que nos aquejarán en un futuro tributario inmediato.
1. DEL... >
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1 de marzo de 2009
,por Bertolot, Alicia
1. NOVEDADES TÉCNICAS
1.1. Ingresos de fondos de no residentes aplicados a conceptos de transacciones corrientes de las cuentas internacionales. Comunicación {“A”} Nº 4.901/2009 (B.C.R.A.)
El Banco Central de la República Argentina dictó, el 5 de febrero de 2009, la Comunicación {“A”} Nº 4.901/2009, publicada en el Boletín Oficial el 19 de febrero de 2009. Esta comunicación establece que los ingresos de divisas en el mercado de cambios por parte de no residentes no se encuentran alcanzados por el depósito establecido en el Decreto Nº 616/2005, cuando se verifique... >
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Autores Alfano, Orlando H. - Bertolot, Alicia - Bordas, Verónica - De Luca, Lorena F. - Desiderio, Roberto Pablo - Grenabuena, Silvia R. - Jacar, Héctor - Lavalle, Silvina - Malvestiti, Daniel - Marasco, María Eugenía - Medrano, Marcela - Orozco, Nestor R. - Pinacchio, Ángela C. M. - Roger, Sandra Cristina - Romualdi, Emilio E. - Santos Romero, Analía - Schiel, Eduardo 0. - Sciglitano, Natalia Laura - Subelet, Carlos J. - Subelet, María Cecilia - Tesone, Rodolfo
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